domingo, 24 de agosto de 2014

POLITICA CORPORATIVA ORGANIZACIONAL


POLÍTICA CORPORATIVA  ORGANIZACIÓN



Es la orientación o directriz que debe ser divulgada, entendida y acatada por todos los miembros de la organización, en ella se contemplan las normas y responsabilidades de cada área de la organización. Las políticas son guías para orientar la acción; son lineamientos generales a observar en la toma de decisiones, sobre algún problema que se repite una y otra vez dentro de una organización. En este sentido, las políticas son criterios generales de ejecución que complementan el logro de los objetivos y facilitan la implementación de las estrategias. Las políticas deben ser dictadas desde el nivel jerárquico más alto de la empresa.

Tipos de políticas 
Generales; son las que aplica a todos los niveles de la organización, son de alto impacto o criticidad, por ejemplo: políticas de presupuesto, políticas de compensación, política de la calidad, política de seguridad integral, entre otras.
Específicas; son las que aplican a determinados procesos, están delimitadas por su alcance, por ejemplo: política de ventas, política de compras, política de seguridad informática, políticas de inventario, entre otras.
Esquema de la política organizacional


POLÍTICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN AMBIENTAL


Su kasco SA se compromete a una gestión empresarial centrada en las personas, que proteja la vida, la integridad física y la salud de los trabajadores, así como la de otras personas que estén en el entorno de sus operaciones.
De igual manera, se compromete a respetar el medio ambiente y a buscar el mejoramiento continuo en estas materias.
Para ello, cada uno de sus centros de trabajo y negocios, actuales y futuros, desarrollará su gestión en base a los siguientes compromisos:


·  Cumplir con la legislación vigente y con los compromisos voluntariamente suscritos en materias de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente, colaborando, además, con la autoridad en el perfeccionamiento de la regulación aplicable. Además de mantener sistemas de gestión auditables de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente, integrados efectivamente a la gestión diaria y habitual, en un marco de acción preventiva y de mejoramiento continúo.

Identificar, evaluar y controlar los peligros, riesgos, aspectos e impactos de sus actividades, productos y servicios, que afecten la seguridad, la salud y el medio ambiente, exigiendo un desempeño eficaz en el cumplimiento de programas de acción. Así como asegurar que ninguna meta de producción o emergencia operacional justifique que un trabajador se exponga a riesgos no controlados.


·   Establecer mecanismos de preparación y respuesta ante potenciales accidentes o situaciones de emergencia a través de capacitaciones continuas a todos los colaboradores de la empresa, campañas de auto cuidado y manteniendo una comunicación e información fidedigna, clara y oportuna con sus trabajadores, clientes, proveedores, autoridades, la comunidad y otras partes interesadas.


·       
     Considerar el uso de tecnologías limpias, el uso eficiente de los recursos y el uso de criterios de protección de seguridad, salud ocupacional y ambiental en sus procesos, y en todas las etapas de desarrollo de nuevos negocios o proyectos.


·  Mantener un liderazgo visible, efectivo y permanente en materias de seguridad, salud ocupacional y gestión ambiental, como parte de la responsabilidad de la línea, al igual que difundir y promover los compromisos de la presente Política entre sus trabajadores, contratistas, proveedores y clientes.

·   La responsabilidad de aplicación de estos compromisos corresponde a toda la línea de administración de Su Kasco SA.


· Todos los integrantes de esta Corporación deben comprometerse y cumplir en forma estricta con esta Política.



COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL



COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL





El Comité de Convivencia Laboral es un grupo, conformado por representantes del empleador y de los trabajadores, que busca prevenir el acoso laboral contribuyendo a proteger a los empleados contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.

Los integrantes del Comité preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.
Finalidad del Comité de Convivencia Laboral
La constitución de los Comités de Convivencia Laboral se hace como una medida preventiva de acoso laboral que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo. (Resolución 2646 del 17 de julio de 2008, Ministerio de la Protección Social).
Objetivo

El Comité de Convivencia Laboral tiene por objeto contribuir con mecanismos alternativos de prevención y solución de las posibles conductas de acoso laboral de los trabajadores al interior de la compañía, así mismo generar una conciencia colectiva de sana convivencia laboral dentro de la organización, con el fin de promover el trabajo en condiciones dignas y justas, la armonía y el buen ambiente ocupacional para todos los trabajadores, protegiendo la intimidad, la honra, y la libertad de éstos.

¿Cómo se conforman los comités de convivencia laboral?

Estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. De la siguiente manera:


Número de empleados o servidores públicos de la empresa
Número de integrantes del comité de convivencia
Con 10 o menos trabajadores
Dos miembros: un representante de los trabajadores y otro de los empleadores.
Entre 11 y 50 trabajadores
Cuatro miembros: dos representantes de los trabajadores y dos de los empleadores.
Entre 51 y 500 trabajadores
Seis miembros: tres representantes de los trabajadores y tres de los empleadores.
Con mas de 501 trabajadores
Ocho miembros: cuatro representantes de los trabajadores y cuatro de los empleadores.


Funciones del comité.

Sus funciones son únicas y no podrá tener otras y son las descritas en el artículo 6º de la Resolución 652 de 2012:


  • Valorar las condiciones de vida laboral de la empresa, con relación al buen ambiente y armonía en las relaciones de trabajo.
  • Formular las sugerencias y consideraciones que estime necesarias para el mejoramiento de la armonía en el trabajo.
  • Prevenir, las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes y en general todo ultraje a la dignidad humana del trabajador.
  • Recibir, examinar y dar trámite a las quejas o reclamos de acoso laboral, de manera confidencial y reservada la información.
  • Escuchar a las partes involucradas y fomentar espacios de diálogo.
  • Formular planes de mejora y concertación, haciendo el respectivo seguimiento a los compromisos adquiridos.
  • En casos de incumplimiento: remitir la queja a la Procuraduría (sector público), o informar a la alta dirección de la empresa (sector Privado).
  • Presentar recomendaciones para el desarrollo efectivo de medidas preventivas del acoso laboral.
  •  Elaborar informes anuales y trimestrales de gestión.

COPASO



COPASO






QUE ES EL COPASO?
Es el  Comité Paritario de Salud Ocupacional constituye un medio importante para acuerdos con las directivas y responsables del Sistema de Gestión para la Salud y Seguridad en el Trabajo (antes Programa de Salud Ocupacional) en función del logro de metas y objetivos concretos, divulgar y sustentar prácticas saludables y motivar la adquisición de hábitos seguros.

COMO SE CONFORMA?
El artículo 5 de la Resolución 2013, dice que el empleador nombrará  directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre. Tanto los unos como los otros deben elegir los respectivos suplentes. 

CUANTAS PERSONAS CONFORMAN EL COPASO?

NUMERO DE TRABAJADORES
DE LOS TRABAJADORES
DEL EMPLEADOR
10-49
1
1
50-449
2
2
500-999
3
3
1000 Y más
4
4

OBJETIVOS

Objetivo general

Crear conciencia a los miembros del Comité sobre la importancia de su labor dentro de las empresas.

Objetivos específicos

  • Orientar a los integrantes del Comité sobre el marco legal, estipulado en los Decretos 614/84, 1295/94 y en la Resolución 2013/86.
  •  Dar las herramientas necesarias y suficientes para el desempeño de su labor en la empresa.
  •  Indicar los parámetros para el funcionamiento interno y externo del Comité.
  • Orientar un plan estratégico para el aprovechamiento de los recursos existentes

FUNCIONES DEL COPASO

  • Investigar los accidentes de trabajo.
  • Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los Programas de Salud Ocupacional.
  •  Participar de las actividades de promoción, divulgación e información del Programa de Salud Ocupacional.
  • Realizar inspecciones de seguridad a los ambientes, maquinas, equipos, aparatos y operaciones e informar sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir medidas de prevención.
  • Proponer actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidos a todos los niveles de la Institución.
  • Colaborar en el análisis de la causalidad de los accidentes de trabajo, enfermedades de origen profesional y proponer al empleador las medidas correctivas.
  •   Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la solución de problemas relativos a la salud ocupacional y estudiar las sugerencias que presentan los empleados en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.
  •   Elegir al Secretario del Comité.
  • Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes.
  •  Elaborar su propio plan de trabajo, el cual debe comprender:
o    Definición de objetivos y metas.
o    Actividades de prevención y control.
o    Recursos necesarios.
o    Asignación de responsabilidades.
o    Elaborar cronograma de actividades.
o    Evaluar y controlar el plan.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COPASO


CONSTITUCION Y ORGANIZACIÓN DEL
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

ACTA No. 001


La Empresa SU KASCO SAS con NIT No. 900504433-4, para dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 2013 de 1986, modificada por el Decreto 1295 de 1994 emanados del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ha determinado conformar el Comité Paritario de Salud Ocupacional.

Para la organización de este Comité el contratista ha asignado a Yuleidy Castaño Castaño y ha solicitado a los trabajadores que entre ellos elijan a un trabajador que haga parte del Comité.


Por parte del empleador:
Se designo como principal a:

No.
Nombres y Apellidos

Cargo

1.
Yuleidy Castaño Castaño

Coordinadora puntos de venta


y como suplente a:

No.
Nombres y Apellidos

Cargo

1.
Héctor Laverde

Administrador


 Los trabajadores eligen como principal a:

No.
Nombres y Apellidos

Cargo

1.
Mariana Vallejo Salazar

Asistente Administrativa


y como suplente a:

No.
Nombres y Apellidos

Cargo

1.
Anderson Cárdenas

Asesor Comercial sénior

Integrado el comité, se procedió de acuerdo a la Resolución 2013 de 1986 a nombrar un presidente y un secretario con el objeto de mantener la coordinación, organización y mantenimiento del comité.

Entre los miembros del Comité la empresa designa a Yuleidy Castaño Castaño como presidente, y por votación del comité se nombra como secretario del mismo a Mariana Vallejo Salazar

Una vez asignadas las personas, que van a ser cabezas visibles del Comité se procedió, a darle la instalación al mismo, para lo cual se hizo conocer lo establecido en la Resolución 2013 de 1986 como funciones principales que en ésta se establece para cada uno de los miembros, así como para el Presidente y Secretario; Así como las responsabilidades que estos tienen en dicho organismo.

 OBJETIVOS DEL COMITÉ


Participar de las actividades del Programa de Salud Ocupacional y vigilar su desarrollo en la empresa.


RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ


Las siguientes son algunas de las responsabilidades del Comité Paritario de Salud Ocupacional:

§  Vigilar el cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional.
§  Colaborar con el análisis de las causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.
§  Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar la maquinaria y equipos con los cuales se realizan las labores diarias e informar sobre su estado y los posibles riesgos que estos generan con el fin de adoptar medidas correctivas.
§  Servir como organismo de coordinación entre empleador y trabajadores en la búsqueda de las soluciones en lo que hace referencia a Salud Ocupacional.
§  Demás funciones que le señalen las normas sobre Salud Ocupacional.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE

§  Presidir y orientar las reuniones del comité.
§  Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el sitio de las reuniones.
§  Preparar los temas de cada reunión.
§  Tramitar ante la dirección de la empresa las recomendaciones aprobadas en el seno del comité.


FUNCIONES DEL SECRETARIO

§  Verificar la asistencia a las reuniones programadas.
§  Tomar atenta nota de todos los temas tratados en cada reunión.
§  Elaborar el acta de cada reunión y someterla a votación.
§  Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité.


Con la creación del Comité Paritario de Salud Ocupacional se está dando cumplimiento a las normas legales vigentes en lo que a Salud Ocupacional se refiere.






Yuleidy Castaño Castaño

Presidente Comité


Mariana Vallejo Salazar

Secretaria Comité

  

INTEGRANTES DEL COMITE


NOMBRE


FIRMA

POR LA EMPRESA

 


 

 


 

POR LOS TRABAJADORES